Delitos contra la Seguridad Social

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Casos de Éxito Recientes

Delito contra la Seguridad Social

Resultado: Sobreseimiento

Tribunal: Juzgado de Instrucción
Denunciante: Ministerio Fiscal y Policía
Imputación: Delito contra la Seguridad Social

Delitos contra la Seguridad Social

Abogados especialistas en delitos contra la seguridad social

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Los delitos contra la Seguridad Social se encuentran tipificados en los artículos 307 a 310 del Código Penal, concretamente en el capítulo reservado a los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social.

Engloba una serie de acciones ilícitas cuyo factor común es que, en todas ellas, hay un fraude que atenta contra la Seguridad Social.

El bien jurídico protegido es el patrimonio de la Seguridad Social e, indirectamente, la seguridad y asistencia del conjunto de la sociedad debido a las funciones propias de esta institución.

Se trata de un delito doloso pues estas conductas se realizan de forma consciente, tratando de obtener un beneficio por ello y conociendo el perjuicio y fraude causado a la Seguridad Social.

Es un delito de resultado, por lo que la conducta punible exige que se ocasione un perjuicio a la Seguridad Social, superando los mínimos exigidos.

Requisitos del delito contra la Seguridad Social

Nuestro despacho de abogados de seguridad social, posee una amplia trayectoria como especialistas en la materia.

A continuación, analizaremos los requisitos necesarios para que pueda imputarse un delito contra la Seguridad Social.

El sujeto activo de este delito puede ser cualquier persona con responsabilidad administrativa, incluidas las personas jurídicas tales como empresas. El sujeto pasivo es, evidentemente, la propia Seguridad Social.

Las conductas punibles de este delito son:

  • Elusión del pago de cuotas a la Seguridad Social.
  • Obtención indebida de devoluciones o prestaciones
  • Disfrute indebido de subvenciones.

La cuantía mínima del valor defraudado ha de ser de cincuenta mil euros, si no alcanza esta cifra únicamente se impondrá una sanción administrativa. También se exige que no exista una regularización ante la Seguridad Social.

Agravantes

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El delito contra la Seguridad Social presenta un tipo agravado, en el que se imponen penas superiores cuando concurre alguna de las siguientes circunstancias:

  • Cuando la cuantía de las cotizaciones defraudadas o de las devoluciones indebidas exceda de ciento veinte mil euros.
  • Cuando el fraude se haya llevado a cabo por una organización o grupo criminal.
  • Cuando se dificulte u oculte la determinación de la identidad del responsable del delito o la determinación de la cuantía defraudada, debido a la utilización de personas físicas, jurídicas o entes sin personalidad jurídica, negocios, paraísos fiscales o territorios de nula tributación.

Fraude de cotizaciones a la Seguridad Social

El fraude de cuotas a la Seguridad Social es una de las conductas más frecuentes de este delito. Consiste en eludir el pago de las cotizaciones que se deben a la Seguridad Social, con el objetivo de evitar dichos pagos.

La función de estos pagos es el mantenimiento del bienestar común del conjunto de la sociedad. Por lo que la elusión de estas cuotas constituye una acción ilícita que repercute, de forma directa o indirecta, sobre todos los ciudadanos.

La condición para que esta conducta sea punible es que la suma de las cotizaciones defraudadas exceda de cincuenta mil euros. Sin embargo, si no supera dicha cifra también se podrá imponer una sanción administrativa.

Nuestra recomendación ante una situación como esta, es consultar sin demora, a un Despacho con los mejores abogados especializados en seguridad social, que acredite la experiencia y el profesionalismo, que su caso necesita.

Obtención indebida de prestaciones

Esta es otra de las modalidades del delito contra la Seguridad Social. Castiga a aquellos que, por acción u omisión, obtenga indebidamente devoluciones de las cuotas de la Seguridad Social o conceptos de recaudación conjunta.

Estas devoluciones se deben al pago de cuotas incorrectas a la Seguridad Social, que conlleva una devolución desde esta administración.

En este delito, se obtienen dichas devoluciones de una forma ilícita por lo que existe un fraude a la Seguridad Social ya que el sujeto activo obtiene un beneficio que no le corresponde.

Disfrute de forma indebida de subvenciones

La tercera conducta punible de este delito es el disfrute de forma indebida de subvenciones o deducciones por cualquier concepto, siempre que la cuantía de dicha subvención supere los cincuenta mil euros.

Estas subvenciones de la Seguridad Social son un tipo de ayudas económicas de desempleo, protección familiar, autónomos, indemnizaciones, pensiones…

En este delito, el sujeto activo disfruta de este tipo de subvenciones de forma indebida puesto que se han obtenido mediante un proceso fraudulento.

Regularizar la situación con la Seguridad Social

Nuestro abogado de seguridad social está especializado en este tipo de acuerdos

La regularización es un recurso muy importante en los delitos contra la Seguridad Social, ya que permite al responsable del delito eximir la responsabilidad criminal derivada del mismo.

La regularización ante la Seguridad Social consiste en un arrepentimiento expreso por parte del sujeto activo por el fraude cometido.

Es decir, este recurso permite al responsable del delito eludir las posibles penas correspondientes a este delito, así como futuras persecuciones por irregularidades contables o falsedades que se hayan podido cometer antes de la regularización.

Sin embargo, para que pueda ejecutarse esta regularización es necesario que se den los siguientes requisitos:

  • El sujeto activo deberá reconocer la culpabilidad del delito, así como realizar el pago completo de la deuda pendiente.
  • Además, este proceso tiene que llevarse a cabo antes de que se haya iniciado cualquier proceso de investigación o persecución por parte de la Administración.

Tiempos para la regularización

Como hemos comentado, el proceso regularizador debe ser presentado antes de que se inicie cualquier investigación del delito de fraude.

Sin embargo, una vez que se ha presentado la denuncia contra el responsable, este dispone de un plazo de dos meses para presentar la regularización, pudiendo reducir las penas considerablemente.

Atenuantes de la pena

Los Jueces o Tribunales podrán imponer atenuantes de la pena del delito contra la Seguridad Social cuando el responsable presente, antes de que transcurran dos meses desde la citación judicial, la regularización completa ante la Seguridad Social. Es decir, que reconozca el delito y pague las deudas pendientes.

También pueden atenuarse las penas cuando los partícipes del delito, que no sean el responsable directo, colaboren activamente aportando pruebas para identificar a otros culpables.

En estos casos, las penas correspondientes al delito podrán ser rebajadas en uno o dos grados.

No paralización de los procedimientos administrativos de liquidación y cobro

Siempre que el sujeto activo de este delito no formule la regularización de su situación, antes de que se interponga una denuncia, o se inicien procedimientos que le permitan conocer la iniciación de la investigación, la Administración procederá a perseguir el delito.

Cuando exista un procedimiento penal no se paralizarán los procesos de liquidación y cobro de las deudas pendientes, salvo que así lo determine el Juez previa prestación de garantía.

Cuando no se pueda prestar la garantía, el Juez podrá, de forma excepcional, acordar la suspensión, total o parcial, de las garantías cuando esta pudiera ocasionar perjuicios graves o irreparables.

Penas del delito contra la Seguridad Social

Como Abogados Especialistas en Seguridad Social poseemos un profundo conocimiento de la ley

A continuación, analizaremos las penas correspondientes al delito contra la Seguridad Social.

El tipo básico de este delito, en cualquiera de sus tres modalidades, elusión, obtención indebida y disfrute, se castiga con una pena de uno a cinco años de prisión y multa del tanto al séxtuplo de la cuantía defraudada.

Además, también se impondrá la prohibición para obtener subvenciones o ayudas, así como de disfrutar de beneficios fiscales o de la Seguridad Social por un periodo de tres a seis años.

El subtipo agravado se castiga con pena de prisión de dos a seis años y multa del séxtuplo de la cuantía.

Nuestro despacho de abogados especializados en Barcelona tiene una amplia experiencia en la representación y defensa de nuestros clientes ante la Administración y los Tribunales en este tipo de delitos. Nuestros abogados en seguridad social en Barcelona le asesorarán sobre la línea de defensa más adecuada para lograr la resolución más favorable para sus intereses.

Ejecución de la pena de multa y de responsabilidad civil

Cuando el importe de la deuda pendiente a la Seguridad Social no haya sido liquidado por prescripción u otra causa legal, incluidos los intereses correspondientes, los Jueces o Tribunales intervendrán en auxilio de la Administración para exigir la pena de multa y responsabilidad civil por el procedimiento más adecuado.

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