Prevaricación

Prevaricación Abogado

¿Qué es prevaricación?

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El delito de prevaricación sólo puede ser cometido por una autoridad o por un funcionario público y consiste en dictar una resolución arbitraria a sabiendas de su injusticia.

Está regulado por el artículo 404 del Código Penal y se castiga con una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo de 9 a 15 años.

Factores importantes en los delitos de prevaricación

El delito de prevaricación se considera un delito especial propio, esto se debe a que puede ser cometido por miembros del cuerpo judicial o por otros cargos públicos que estén habilitados para este tipo de función jurisdiccional.

La prevaricación se puede dar en diferentes entornos, pudiendo existir en casos de fondo, en casos de forma o incluso en casos procedimentales.

Sin embargo, este delito NO se puede aplicar a errores judiciales. Para que un error judicial pueda ser considerado delito de prevaricación el sujeto activo debe ser consciente de que la resolución judicial que está realizando es injusta, además de ser necesario algún elemento que pueda distinguir el posible error a el acto bajo conciencia.

Un factor importante para poder identificar este tipo de delitos es analizar si la supuesta sentencia injusta declarada por el cargo público en cada caso, se ajusta al principio de legalidad constitucional desarrollado por el Tribunal Constitucional.

Otro criterio importante para poder identificar este tipo de delito es la valoración objetiva de la sentencia, siendo esta consistente ya que por lo contrario se consideraría una interpretación de la sentencia inviable.

Cada delito de prevaricación debe evaluarse de forma individual, excepto en casos determinados por la complejidad del caso o el alto cargo del acusado sea necesario la intervención conjunta.

Más cuando la norma es clara o su interpretación no permite opciones extravagantes, se puede advertir la eventual presencia de una resolución que pudiera encuadrarse dentro del injusto típico del delito de prevaricación judicial dolosa.

Prevaricación administrativa

Se conoce como prevaricación administrativa al delito de prevaricación cometido por funcionarios públicos.

Penas en el delito de prevaricación administrativa

Un cargo público tiene la obligación de cumplir con sus requisitos establecidos, dentro de lo cual está ejercer la justicia en todo caso y dictar sentencias correspondientes con esta. En el caso de que dicho cargo público incumpla estos requisitos establecidos por la ley se castigará con una pena de multa de 3 a 8 meses y con la suspensión de empleo público por tiempo de 1 a 3 años.

El delito de prevaricación administrativa queda regulado por el artículo 404 del Código penal, siendo así «A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años.»

Actualmente y desde 2015, con la reforma del Código Penal, no todos los delitos de prevaricación se regulan con las mismas penas. Los delitos se dividen en distintas modalidades de prevaricación en función del sector público en el que se haya cometido el delito.

De esta forma el artículo antes citado, 404 del CP, sólo se aplicará a los delitos de prevaricación cometidos por las autoridades y funcionarios públicos. Sin embargo, los delitos de prevaricación cometidos por Jueces están regulados por el artículo 446 del CP, ya que se considera un delito contra la Administración de Justicia.

Como dicta el CP «Es necesario que la autoridad o funcionario público realice un acto que suponga la absoluta incompatibilidad con el ordenamiento jurídico y con los principios que lo inspiran

La Sentencia del Tribunal Supremo 723/2009, de 1 de julio de 2009, declara que «no toda resolución administrativa ilegal es arbitraria por el mero hecho de resultar contraria a las disposiciones del ordenamiento jurídico. De esta forma, es necesario de la actuación sea manifiestamente arbitraria, esto es, carente de justificación alguna mediante interpretaciones que tengan cabida en el ordenamiento jurídico.»

¿Qué condiciones debe cumplir la autoridad o funcionario público de un delito de prevaricación administrativa?

Según el artículo 24 de CP se tienen que cumplir las siguientes condiciones:

«1. A los efectos penales se reputará autoridad al que por sí solo o como miembro de alguna corporación, tribunal u órgano colegiado tenga mando o ejerza jurisdicción propia. En todo caso, tendrán la consideración de autoridad los miembros del Congreso de los Diputados, del Senado, de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas y del Parlamento Europeo. Se reputará también autoridad a los funcionarios del Ministerio Fiscal.

2. Se considerará funcionario público todo el que por disposición inmediata de la Ley o por elección o por nombramiento de autoridad competente participe en el ejercicio de funciones públicas.»

Factores que deben darse para que haya prevaricación administrativa

No se trata de que la autoridad o funcionario hayan dictado una sentencia injusta, lo que se castiga realmente es que se haya dado una resolución arbitraria.

  • Es necesario que el sujeto activo del delito sea considerado autoridad o funcionario público.
  •  Adopte una decisión en un asunto que le esté encomendado en consideración a su cargo, único supuesto en el que pueden dictarse resoluciones o decisiones de orden administrativo.
  • La resolución debe ser arbitraria. Esto se manifiesta en la falta de competencia en la resolución de los casos, en la indecisión entre las opciones ofrecidas sobre un tema concreto, contradicciones del derecho o cuando la decisión no puede ser argumentada con los razonamientos técnicos y jurídicos que corresponde.
  • Que se dicte una resolución aún sabiendo que se trata de una injusticia.

Prevaricación judicial

Como ya se ha mencionado anteriormente, prevaricar consiste en dictar una resolución injusta o arbitraria en un asunto de función pública por parte de un juez o funcionario público.

De este mismo modo, el delito de prevaricación judicial se da cuando el sujeto activo de este acto es un juez o magistrado, a diferencia de la prevaricación administrativa donde el sujeto activo es un cargo público.

Se considera un delito contra la Administración de Justicia y se regula por los artículos 447 y 448 del CP, mientras que el delito de prevaricación administrativa queda regulado por el artículo 404 del CP ya que se considera un delito contra la Administración Pública.

Se distinguen dos tipos de prevaricación judicial: por imprudencia grave, o prevaricación judicial, o por ignorancia inexcusable, alegaciones por parte del juez o magistrado que no se puede justificar de forma legal.

Prevaricación judicial por omisión

Regulado a través del artículo 448 del CP, se considera prevaricación judicial por omisión cuando un Juez o Magistrado se niegan a juzgar sin alegar ninguna causa legal o bajo el pretexto de oscuridad, insuficiencia o silencio de la Ley.

El acto de que un juez o magistrado se niegue a juzgar se considera delito dado que contradice el mandato constitucional del artículo 117 de la Constitución Española, esto es considerado inactividad judicial y por tanto puede castigarse como un delito de prevaricación judicial.

De esta misma forma se considera delito de prevaricación judicial al silencio de la Ley, es decir, a la omisión de sentencias o pruebas por parte de los ciudadanos involucrados en este procedimiento o cargo público, ya que estaría incumpliendo el artículo 24 de la Constitución Española y por tanto, el derecho a la tutela judicial efectiva.

Penas del delito de prevaricación judicial por imprudencia grave o ignorancia inexcusable

Los delitos de prevaricación judicial por imprudencia grave o ignorancia inexcusable quedan regulados por el artículo 447 del Código Penal y se castigarán con inhabilitación especial para el empleo o cargo público de dos a seis años.

Penas del delito de prevaricación judicial por retardo malicioso en la administración de justicia

Los delitos de prevaricación judicial por retardo malicioso en la Administración de Justicia quedan regulados por el apartado q del artículo 449 del Código Penal. Este tipo de delito será aplicado sobre el juez o magistrado implicado con la pena de inhabilitación especial para el empleo o cargo público de dos a seis años.

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