A continuación, analizaremos las penas correspondientes a este delito, tanto de la conducta típica como de la modalidad agravada.
El tipo básico de los delitos urbanísticos está castigado con una pena de uno a tres años de prisión, y multa de doce a veinticuatro meses, cuando el beneficio obtenido por el delito sea menor que el valor final, o del tanto al triplo del beneficio obtenido, cuando sea superior a la cuantía resultante.
El tipo agravado, que corresponde a la construcción, edificación u urbanización en suelo no urbanizable, está penado con prisión de un año y seis meses a cuatro años, junto con una multa de doce a veinticuatro meses o del triple del beneficio obtenido, en función de los criterios anteriores.
Asimismo, en cualquier caso, se impondrá una inhabilitación especial de profesión u oficio por un periodo de uno a cuatro años.
Si se encuentra involucrado en un delito urbanístico, nuestra recomendación es consultar sin demora con un abogado especialista en urbanismo Barcelona que acredite la experiencia y el profesionalismo, que su caso necesita.