Sextorsion

El delito de sextorsion

Abogado Sextorsion

¿ Qué es la sextorsión ?

La sextorsion es la acción de amenazar o coaccionar a una persona con la difusión de las fotografías o vídeos de carácter íntimo que ha conseguido de la víctima, con el fin de tener relaciones sexuales no consentidas, producir pornografía, obtener un beneficio económico, o condicionar la conducta, exigiendo hacer o no hacer algo, etc.

La sextorsion es un tipo de delincuencia sexual online que se aprovecha del anonimato que brinda internet y la vulnerabilidad de las víctimas, que en su mayoría suelen ser menores de edad sin capacidad de defenderse ante este tipo de agresiones.

Abogado Sextorsion. Esteban Abogados Penalistas.
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¿Cómo se produce la sextorsión?

La forma en la que los extorsionadores consiguen imágenes o vídeos sexuales de la víctima es muy variada:

  • A través de falsos perfiles creados en distintas redes sociales haciéndose pasar por chicos o chicas de edad similar, ganándose su confianza hasta conseguir imágenes íntimas de la víctima. Una vez que las consiguen, empieza la sextorsión.
  • Accediendo al ordenador personal de la víctima a través de un correo electrónico con un virus. En este caso, el extorsionador accede a los archivos guardados, o bien, se apodera de la cámara web y graba a la víctima con cámara espía. Una vez conseguidas las imágenes sexuales de la víctima, comienza el chantaje.
  • Otra forma habitual es cuando el autor recibe de la víctima o de terceros esas imágenes de contenido sexual (sexting) y con ellas extorsiona a la víctima.
Una vez conseguidas las imágenes o vídeos de carácter sexual el autor amenaza a la víctima con difundirlos si esta no realiza algún tipo de acción específica como puede ser una entrega de dinero, enviar más imágenes de contenido sexual, o mantener relaciones sexuales con el chantajista.

Penas en el delito de la sextorsion

La sextorsión es un ciberdelito que no está tipificado específicamente en el Código Penal Español, pero su conducta se incluye dentro de diferentes delitos en función de la casuística de cada situación.

Se podría incurrir en delitos como el abuso de menores, la pornografía infantil, la agresión sexual, el delito de descubrimiento y revelación de secretos, amenazas, extorsión, etc.

La sextorsion como un delito contra la libertad o indemnidad sexual

El delito de sextorsión no está tipificado como tal en el Código Penal pero ha sido reconocido por la jurisprudencia del Tribunal Supremo a raíz de la primera sentencia que lo recogió: STS 377/2018 de 23 Jul. 2018.

En esta sentencia, se reconoció la sextorsión como un delito contra la libertad o indemnidad sexual online sin necesidad de contacto físico, algo que hasta ese momento era cuestionado.

En ella, el autor de la sextorsión fue condenado por delitos de agresión sexual y delitos de descubrimiento y revelación de secretos por acceder, a través de un virus, al ordenador de las víctimas y apoderarse de archivos personales privados.

El autor obligaba a sus víctimas a realizar ante el, por el ordenador, actos de naturaleza sexual, con introducción de miembros corporales u objetos, bajo la amenaza de divulgar las imágenes comprometedoras que había obtenido de sus ordenadores.

Tal y como recoge dicha sentencia, la sextorsión no requiere de contacto físico sexual:

«De esta manera, toma carta de naturaleza la comisión del delito de abuso sexual de carácter virtual o por internet, que no requiere de modo específico un «contacto sexual» directo por parte del autor del delito, sino de «actos que vayan encaminados a atentar contra la libertad sexual» de las víctimas, que es lo que se describe en el hecho probado, donde las acciones desplegadas y declaradas probadas demuestran actos claramente atentatorios a la libertad sexual de las víctimas y llevados a cabo sin su consentimiento, que es lo que integra el tipo penal, esto es, mediante «la advertencia de difundir archivos de ellas de alto contenido sexual y causándoles, con ello, un gran perjuicio personal y de imagen.»

La reciente reforma del código penal por la Ley Orgánica 4/2023 del 27 de Abril, condena la violación cometida por acceso carnal por intimidación por medio de internet con las siguientes penas:

  • Si la víctima es mayor de edad: 6 a 12 años de prisión.
  • Si la víctima es menor de edad: 12 a 15 años de prisión.

Debido a la especial complejidad que revisten los casos de delitos sexuales y las altas penas de prisión que conllevan, si está involucrado en alguno de estos delitos, confíe su caso a los mejores abogados penalistas Barcelona, Esteban Abogados Penalistas.  Defenderemos su libertad, su patrimonio y su honor y buscaremos en todo momento, la solución más favorable para sus intereses.

La sextorsion como un delito de amenazas y coacciones

Cuando el chantajista exige a la víctima altas sumas de dinero para no publicar las imágenes o videos de carácter sexual que posee de ella en las redes sociales o en otro tipo de plataformas de internet, estaríamos ante un delito de amenazas y coacciones.

Esteban Abogados Penalistas

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